Un tribunal ubicado en Río Cuarto dictaminó una medida cautelar dirigida al Banco de Córdoba respecto de los descuentos que realizaba sobre los haberes de una empleada provincial. La orden judicial establece que no podrá debitar más del 20 por ciento de los salarios de la trabajadora, con fundamento en normativas de protección al consumidor.

La medida cautelar es provisoria y seguirá en vigencia mientras se sustancia y resuelve el fondo del asunto. El tribunal evaluó que existían presupuestos de urgencia y apariencia de derecho para proteger a la trabajadora de eventuales descuentos excesivos.

Cuando los débitos sobre salarios exceden ciertos porcentajes, pueden poner en riesgo la capacidad económica básica de los trabajadores. Por eso la justicia interviene para examinar la legitimidad de esas prácticas y evitar daños irreparables durante el proceso judicial.

El Banco de Córdoba debe respetar la medida dictada. Los débitos que se encuentren dentro del límite del 20 por ciento pueden continuar, pero cualquier intención de superar ese porcentaje queda vedada por la orden judicial. La resolución definitiva determinará si los descuentos son válidos o si requieren modificaciones.

Imagen: Maksym Kaharlytskyi / Unsplash – Con informacion de Perfil

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